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Boletín Informática & Salud BIS ISSN 0121-4675 Res.MinGobierno 0036/91 Año 14 No.45/2004 Versión WEB-MAIL
Boletín Informática & Salud
Bogotá, Noviembre 1 a Noviembre 7 de 2004 Vol.14 Nro. 45 BIS 45 de 2004

Siguen problemas con el retiro de ROFECOXIB (VIOXX®) del mercado a nivel mundial

OBSERVAMED vuelve a publicar lista de productos con ROFECOXIB cuya fabricación, importación y comercialización fue suspendida en Colombia

1. Resolución INVIMA No. 2004019022 | 2. Lista de Productos Afectados | 3. Links Farmacovigilancia

RESOLUCION No. 2004019022
de octubre 08 de 2004
Publicada en
http://www.invima.gov.co en Octubre 20, 2004

Por la cual se suspende preventivamente la fabricación, importación, comercialización de productos que tengan como principio activo el ROFECOXIB, y se recomienda la suspensión de su consumo

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS – INVIMA-

En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los numerales 7 y 11 del artículo 8 del Decreto 1290 de 1994, y el artículo 3 del Decreto 211 de 2004, teniendo como fundamento las siguientes.

CONSIDERACIONES

En el mes de junio de 2002, Merk Sharp & Dohme presentó a la Food and Drug Administration (FDA) los estudios de seguridad llamados VIGOR (Vioxx Gastrointestinal Outcomes Research) en desarrollo de los cuales encontró un incremento en el riesgo de eventos cardiovasculares en los pacientes que tomaban VIOXX, comparado con aquellos que tomaban NAPROXENO.

Mediante comunicación, radicada bajo el número 04025664 de septiembre 30 de 2004, Merk Sharp & Dohme, informó a este Instituto el retiro voluntario a nivel mundial de su producto VIOXX, teniendo como fundamento el resultado del estudio prospectivo, randomizado, multicéntrico, controlado con placebo, de tres años de duración denominado APPROVe (prevención de pólipos adenomatosos con VIOXX), los cuales mostraron un incremento en el riesgo de eventos cardiovasculares y cerebrovasculares por el consumo del mismo transcurridos dieciocho meses de tratamiento.

En comunicación enviada a este instituto por la Asociación de Industrias Farmacéuticas Colombianas – ASINFAR - el día 08 de octubre de 2004, los afiliados productores, importadores y comercializadores de medicamentos cuyo principio activo es el ROFECOXIB, manifestaron su disposición y acuerdo para el retiro voluntario de dichos medicamentos del mercado colombiano, mientras se realizan los estudios correspondientes sobre el citado principio activo y se adopta una decisión sobre la seguridad del mismo.

Atendiendo lo acordado por los países miembros de la OMC, aún cuando los testimonios científicos pertinentes sean insuficientes, un miembro de ésta, y Colombia lo es, podrá adoptar “provisionalmente” medidas sanitarias o fitosanitarias que tengan por objeto, entre otros, proteger la salud humana, sobre la base de la información pertinente de que disponga, con inclusión de la información procedente de las organizaciones internacionales competentes y de las medidas sanitarias o fitosanitarias que apliquen otras partes contratantes sobre el mismo asunto.

Según lo establecido en el artículo 4, numeral 1, del Decreto 1290 de 1994 corresponde al INVIMA controlar y vigilar la calidad y seguridad de los medicamentos, durante todas las actividades asociadas con su producción, importación, comercialización y consumo, toda vez que dichos productos se encuentran relacionados en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993.

  Lo anterior reviste de competencia general a este Instituto para la adopción de decisiones que propendan por la preservación de la Salud Pública e individual, así como la prevención y eliminación de factores que puedan ubicarla en situación de peligro. En este orden de ideas, se procederá, preventivamente, a la suspensión de la producción, importación, comercialización, y se recomendará la suspensión del consumo, de todos aquellos medicamentos cuyo principio activo sea ROFECOXIB y las asociaciones que lo contengan, pues los más recientes estudios clínicos realizados sobre la seguridad cardiovascular de dicho fármaco y los fundamentos científicos de las decisiones que sobre el particular adoptaron las agencias reguladoras de la República de La Argentina y de Perú, mediante la disposición 5997 de 2004 y la Alerta DIGEMID Nº 23-2004, lo asocian con una incidencia en el aumento de eventos adversos cardiovasculares serios, tales como accidente cerebrovascular e infarto al miocardio.

Así mismo se tiene en cuenta, para adoptar la actual decisión, que existen en Colombia otros medicamentos autorizados cuya indicación terapéutica es análoga al de los medicamentos con principio activo ROFECOXIB, por lo que la suspensión de que aquí se trata, y la recomendación a los pacientes para que consulten a sus médicos sobre alternativas en el tratamiento, resultan viables sin que se afecte la salud individual o colectiva.

En consecuencia, también se ordenará a la Comisión Revisora, Sala Especializada de Medicamentos, que conceptúe sobre los estudios existentes sobre el ROFECOXIB, a efecto de determinar si se realiza un llamado de Revisión de Oficio a los medicamentos con dicho principio activo.

En mérito de lo expuesto, el Director General

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Suspender, preventivamente y de manera provisional, la producción, comercialización e importación de los productos cuyo principio activo sea el ROFECOXIB, de acuerdo con la parte motiva de esta decisión.

ARTÍCULO SEGUNDO. Recomendar la suspensión del consumo de los medicamentos cuyo principio activo sea ROFECOXIB, a los pacientes que en la actualidad tomen los medicamentos con este principio activo, quienes deberán consultar con su médico tratante, única persona facultada para recomendar una alternativa terapéutica.

ARTÍCULO TERCERO. Ofíciese a la Comisión Revisora, Sala Especializada de Medicamentos, para que conceptúe sobre los resultados de los estudios existentes sobre ROFECOXIB, a efectos de determinar si se realiza un llamado a Revisión de Oficio de los medicamentos con dicho principio activo.

ARTÍCULO CUARTO. Ofíciese a la Subdirección de Medicamentos y Productos Biológicos del INVIMA, para el desarrollo de las labores pertinentes de Vigilancia y Control.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Bogotá D.C., 08 de octubre de 2004

JULIO CESAR ALDANA BULA
Director General

2. OBSERVAMED vuelve a publicar lista de productos afectados

El Observatorio del Medicamento, buscando facilitar el cumplimiento de la Resolución del INVIMA, publica nuevamente el listado de productos disponibles en el país con el principio activo ROFECOXIB, de acuerdo con los reportes del 3er. trimestre 2004 a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos (CNPM). Recordemos aquí que las firmas farmacéuticas legalmente establecidas en Colombia deben enviar trimestralmente los reportes de disponibilidad y precios de todos sus productos a la CNPM creada por Ley 100 e integrada por el Ministro de Salud (hoy de la Protección Social), el Ministro de Desarrollo (hoy de Industria, Comercio y Turismo) y un Representante personal de Presidente de la República.

En Colombia, los productos afectados por la Resolución de INVIMA, son: (en orden alfabético)

Nombre Comercial Forma Concentración Presentación Laboratorio
DIEX Tabletas 50 mg Cja.x 5Tab BUSSIE
DIEX Tabletas 25 mg Caja x 7 tab BUSSIE
DIEX Tabletas 12,5 mg Caja x 7 tab BUSSIE
FLANAX TAB. X 14 Tabletas 25 mg Cja.x 14Tab GRUFARMA
FLANAX TAB. X 30 Tabletas 25 mg Cja.x 30Tab GRUFARMA
FLANAX TAB. X 7 Tabletas 25 mg Cja.x 7 GRUFARMA
LEXIB Tabletas 12.5 mg Cja.x 7Tab FARMACOOP
LYNDAK Tabletas 25 mg Cja.x 14Tab INCOBRA
LYNDAK Tabletas 12.5 mg Cja.x 14Tab INCOBRA
ROFECOXIB Tabletas 25 mg Cja.x 14Tab PENTACOOP
ROFECOXIB Tabletas 50 mg Cja.x 7Tab LA SANTE
ROFECOXIB Tabletas 12.5 mg Cja.x 7Tab LA SANTE
ROFECOXIB Tabletas 25 mg Cja.x 7Tab LA SANTE
ROFECOXIB Gen-Far Tableta 12,5 mg Cja.x 10Tab GEN-FAR
ROFECOXIB Gen-Far Tableta 25,0 mg Cja.x 10Tab GEN-FAR
ROFECOXIB MK 12.5mg Tabletas 12.5 mg Cja.x 7 GRUFARCOL
ROFECOXIB MK 25mg Tabletas 25 mg Cja.x 7 GRUFARCOL
ROFEMAX Tabletas 12.5 mg Cja.x 7Tab GARMISCH
ROFEMAX Tabletas 25 mg Cja.x 7Tab GARMISCH
ROFEXIB Tabletas 25 mg Cja.x 7 PAULY
ROFEXIB Tabletas 12.5 mg Cja.x 7 PAULY
ROFEXIB Tabletas 50 mg Cja.x 5 PAULY
ROFEXIB Tabletas 25 mg Cja.x 14Tab PAULY
SAK Tableta masticable 25 mg Cja.x 10Tab CALIFORNIA
SIVOZ 12.5 TABS Tabletas 12.5 mg Cja.x 7Tab LEGRAND
SIVOZ 25 TABS Tabletas 25 mg Cja.x 7Tab LEGRAND
VIOXX Tabletas 50 mg Cja.x 4 FROSST / MERCK SHARP & DOHME
VIOXX Tabletas 25 mg Caja x 7 FROSST / MERCK SHARP & DOHME
VIOXX Tabletas 25 mg Caja x 14 FROSST / MERCK SHARP & DOHME
VIOXX Tabletas 12.5 mg Caja x 7 FROSST / MERCK SHARP & DOHME
ZAKMAR Comprimidos 12.5 mgrs Cja.x 10Comp APOTECARIUM

3. Links de farmacovigilancia sobre ROFECOXIB
Los profesionales de la salud que deseen mayor información sobre reportes de farmacovigilancia que antecedieron a este evento les invitamos a visitar nuestra página www.medicentro.com.co, activar los hipervínculos Boletín Fármacos, Boletines en Español, Links recomendados y Archivo e-farmacos que aparecen el la columna de la izquierda bajo el título "2. Top Links Regulación" y digitar la palabra ROFECOXIB en cada una de las opciones de búsqueda de estos sitios recomendados.

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