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Nuevo Catálogo Farmacéutico Nacional
Primera
Base de Datos
Farmacoeconómica
de Colombia

Diseñada para
Uso Racional del Medicamento

Unica con Codificación POS
Precios Promedio a Distribuidor
y Sugerido al Público
reportados
a la Comisión Nacional de
Precios de Medicamentos

Sistema VMI-CFN Vademécum Med-Informática® - Catálogo Farmacéutico Nacional

  1. El Sistema VMI-CFN es el prototipo de un nuevo sistema de información de medicamentos -promovido por la Federación Médica Colombiana- que reune, organiza y relaciona la información farmaco-económica disponible en el país, en un Sistema Integrado de Información, diseñado para estimular el uso racional del medicamento.
  2. Es la primera fuente de información, completa, independiente, objetiva e imparcial -financiada por sus usuarios- cuya misión es dotar a las instituciones del sector, interesadas en el manejo transparente del gasto farmacéutico, de:
    - Información farmacoeconómica de TODA la oferta disponible en Colombia
    - Estructurada sobre Principios Activos
    y su Denominación Genérica, Científica o DCI
    - Ligada a información regulatoria vigente (Normas Farmacológicas, Actas Comisión Revisora, Códigos ATC/POS) e
    - Integrada con Precios Reportados a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos-CNPM y Precios Encuestados por el Observatorio del Medicamento de la Federación Médica Colombiana.
    Ver diapositiva de diferencias con otros sistemas.

    Sistemas de Información de Medicamentos

    Sistema Tradicional:
    :: Sirve al interés económico de las firmas FARMACEUTICAS y comercializadores
    :: Publica Información farmacológica con énfasis en Marcas o Nombres Comerciales
    :: Difunde Información solo de las Marcas Comerciales que financian la publicación de acuerdo con su poder en el mercado
    :: Promueve el uso de marcas registradas y busca evitar la sustitución comercial
    :: Está financiado por las farmacéuticas para su distribución gratuita entre prescriptores potenciales
    :: Difunde información económica de Precios Sugeridos al Público-PSP excesivamente altos, que reproducen las imperfecciones de este mercado
    :: Se nutre del interés comercial de las firmas farmacéuticas que le financian
    :: Tiende a MANTENER las imperfecciones del mercado farmacéutico
    Nuevo Sistema de la FMC:
    :: Sirve al interés terapéutico, en defensa de los CONSUMIDORES y la salud pública
    :: Publica Información farmacológica con énfasis en PRINCIPIOS ACTIVOS y DCIs
    :: Difunde información de TODOS los productos con datos Científicos, Regulatorios y Económicos
    :: Promueve el uso del nombre genérico o DCI. Facilita la sustitución comercial
    :: Está financiado por usuarios que pagan los costos de un Sistema de Información Farmacoeconómica independiente
    :: Difunde información económica de precios encuestados del distribuidor-PDE y al público-PPE que tienden a corregir las imperfecciones de este mercado
    :: Se nutre del interés de los usuarios por el Uso Racional del Medicamento.
    :: Tiende a CORREGIR las imperfecciones del mercado farmacéutico
  3. El Sistema VMI-CFN es el primer sistema diseñado para el manejo racional y costo-eficiente del medicamento. Busca corregir las principales "imperfecciones" del mercado farmacéutico, que según Vargas, J.E. son:
    - La profusión de comportamientos comerciales que limitan la competencia (énfasis en marcas, patentes, etc.)
    - La "asimetría de información" (Usuarios sin información completa. No se puede ejercer"soberanía del consumidor")
    - La capacidad que tiene la oferta para determinar la demanda (estímulos que promueven usos de interés comercial)
    - El desequilibrio en el poder de mercado (productos real o artificialmente monopólicos, cuyos precios no reflejan sus costos de producción sino el poder de mercado).
  4. La Federación Médica Colombiana, defiende la salud como un derecho fundamental y sostiene que la solución a la actual crisis de mercantilización en el manejo del recurso farmacéutico pasa por el respeto a la profesión médica y la prescripción ética de medicamentos. La FMC no defiende el uso de marcas comerciales, sino la potestad del acto médico que -con base en el conocimiento científico y el respeto de los códigos de ética médica- define las soluciones más favorables para el tratamiento de cada paciente en particular y la salud pública en general.
  5. La FMC promueve la construcción de la mayor base de datos farmacoeconómica de Colombia para romper el paradigma de publicaciones tradicionales en este campo, que privilegian el interés económico de las “marcas comerciales” y se limitan a difundir “información para prescribir” de los productos que les financian, para su entrega gratuita a prescriptores potenciales. Frente a un sistema tradicional que funciona como apéndice promocional de las firmas farmacéuticas, la FMC propone construir un sistema independiente que difunda información científica, regulatoria y económica de mejor calidad.

El Sistema VMI-CFN 10a. Edición (2008) se pone a disposición de médicos, farmacólogos, químico-farmacéuticos, entidades prestadoras y administradoras de servicios de salud, laboratorios farmacéuticos, distribuidores, consumidores informados y demás actores de la oferta y demanda farmacéutica, en versiones Internet, CD-Base de Datos e Impresa, mediante opciones de afiliación y suscripción diseñadas para cada necesidad.

1. CATALOGO FARMACEUTICO NACIONAL
Más de 14.500 productos con Precio Distribuidor Encuestado(PDE)
y Precio Público Encuestado(PSP), según OBSERVAMED
El CATALOGO FARMACEUTICO NACIONAL es la primera publicación de su tipo en Colombia que muestra datos básicos
de más de 14.500 productos y presentaciones disponibles en el país, con Precio de Distribuidor Encuestado (PDE) y
Precio Público Encuestado (PPE)
según el Observatorio del Medicamento de la FMC, ordenados por Nombre Comercial,
de acuerdo con el siguiente modelo:

Sección 1: Información en orden alfabético de Nombres Comerciales. Muestra los siguientes datos:
NOMBRE COMERCIAL® PDE
PPE
<= Precio Distribuidor Encuestado "PDE" del último trimestre según OBSERVAMED
<= Precio Público Encuestado "PPE" del último trimestre según OBSERVAMED
Principio Activo <= Dato para ver en sección 2 la lista de productos con igual denominación genérica
Composición, forma, concentración, presentación, registro y laboratorio <= COMPOSICION reportada por el laboratorio, forma farmacéutica, concentración, presentación comercial, registro sanitario y Laboratorio

2. Unico con sección de Productos ordenados por Principio Activo
para comparativo de precios
El CATALOGO FARMACEUTICO NACIONAL es la única publicación de su tipo en Colombia que cuenta con una sección especial
que ordena los productos y presentaciones disponibles en el país, por su Principio Activo (Denominación Genérica o Científica) y
permite ver Precios de Distribuidor Encuestado (PDE) y Público Encuestado (PPE) según el Observatorio del Medicamento
 de la Federación Médica Colombiana, con el siguiente modelo:

Sección 2: Información agrupada por Denominación Genérica (Científica o Común Internacional DCI)
NOMBRE GENERICO <= Denominación genérica o Científica o DCI
Productos existentes. Orden alfabético de NOMBRE COMERCIAL con forma farma, concentración, presentación, Laboratorio, Precios Encuestados del Distribuidor y al Público  <= Listado de productos y presentaciones disponibles en Colombia en orden alfabético de nombre comercial. Con dato de forma farmacéutica, concentración, presentación comercial, Laboratorio, Precio Distribuidor Encuestado "PDE" y Precio Público Encuestado "PPE" del último trimestre según el Observatorio del Medicamento de la Federación Médica Colombiana (OBSERVAMED).

3. Unico disponible en medio Impreso y Acceso Internet para todo presupuesto!
El CATALOGO FARMACEUTICO NACIONAL es la única publicación de su tipo en Colombia que además de la versión impresa
le ofrece varias opciones de acceso por Internet ajustables a todas los presupuestos. Adquiera la opción que más le convenga.

4. La importancia de publicar Precios Promedio de Canales de Distribución (PPD)
y listados por Principio Activo para todos los actores del SGSSS

La publicación del NUEVO CATALOGO FARMACEUTICO NACIONAL con Precios Promedio a Canales de Distribución
según últimos reportes a la Comisión Nacional de Precios y con una sección especial de productos ordenados por Principio
Activo
para comparativo de precios, contituye un aporte indudable de la Federación Médica Colombiana para racionalizar
los sistemas de adquisición de medicamentos de todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
El Nuevo CATALOGO FARMACEUTICO NACIONAL de la Federación Médica Colombiana favorece a todos los actores
comprometidos con la transparencia y el compromiso social en el manejo del recurso farmacéutico:

  1. A los laboratorios farmacéuticos, porque les permite mostrar que -a diferencia del rol perverso que con frecuencia se les atribuye- pueden NO SER los principales responsables de los sobrecostos en los precios de los medicamentos.
  2. A los distintos actores de la cadena de distribución, porque muestra diferencias evidentes entre quienes manejan márgenes justos de intermediación y aquellos que pretenden ganancias injustificadas con base en la desinformación.
  3. A los prestadores de servicios de salud, porque les permite ajustar sus sistemas de adquisición de medicamentos con base en referentes de precios razonables y no solo en su poder de negociación.
  4. A las entidades administradoras de servicios de salud, porque les permite ajustar sus convenios a precios más razonables que el desprestigiado "precio público menos un porcentaje" que cada vez se utiliza menos.
  5. A los consumidores en general, porque contribuye estructuralmente a mejorar el acceso a los medicamentos evitando los sobrecostos por desinformación.

5. Los 10 puntos que todos debemos conocer sobre política de precios
y reportes a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos

  1. Desde 1999, año en que se inició el régimen de libertad de precios de medicamentos en Colombia, las firmas farmacéuticas pueden fijar libremente los precios de la mayor parte de sus productos, cumpliendo unicamente el requisito de reportar trimestralmente dichos precios a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos-CNPM.
  2. La Ley 100 de 1.993 que creó el nuevo Sistema de Seguridad Social en Salud, en el parágrafo único del Artículo No 245, establece que “corresponde al Ministerio de Salud el desarrollo de un programa permanente de información sobre precios y calidades de los medicamentos de venta en el territorio nacional, de conformidad con las políticas adoptadas por la Comisión"
  3. El Decreto 413 de 1994 por su parte, reglamenta el funcionamiento de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos, estableciendo su composición -en forma indelegable- por el Ministro de Desarrollo Económico (hoy Ministro de Comercio, Industria y Turismo), el Ministro de Salud (hoy Ministro de la Protección Social) y un Delegado Personal del Presidente de la República. Este Decreto define que la CNPM debe establecer los criterios generales para la formulación de la política de regulación de precios de medicamentos, fijar los mecanismos de control de estos precios y desarrollar un programa permanente de información sobre precios y calidades, con especial énfasis en los medicamentos esenciales.
  4. La Comisión Nacional de Precios de Medicamentos-CNPM en su Circular del 30 de diciembre de 1998, dice textualmente: "Se aprueba el regimen de libertad de precios a los medicamentos a partir del primero de enero de 1999" y establece que los laboratorios farmacéuticos deberán enviar la lista de precios de venta de sus productos al Ministerio de Desarrollo Económico.
  5. La Circular No. 1 de 1999 de la CNPM imparte instrucciones para el envío de la información para la construcción de la base de datos de medicamentos del Ministerio de Desarrollo Económico y Ministerio de Salud. Define su caracter TRIMESTRAL, fija las fechas de corte de 31 de Marzo, 30 de Junio, 30 de Septiembre y 31 de diciembre de cada año y fija el plazo de los cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de corte para el envío de reportes, tanto en medio magnético como impreso.
  6. La Circular No. 2 de abril de 2002 de la CNPM establece que además de los Precios "ex-fábrica" existe la obligación de reportar los Precios Sugeridos al Público y publica un anexo con el formato que debe diligenciarse.
    La
    Circular No. 4 de noviembre de 2004 sanciona a 28 laboratorios y para sus productos a régimen de "libertad regulada" por incumplimiento de las disposiciones del la Circular No.2 de 2002.
  7. La Circular No.5 de 2002 de la CNPM establece que la información debe enviarse en forma "trimestral vencida" y que el precio "ex-fábrica" a reportar, será el precio promedio de venta a los diferentes canales de distribución. El punto 7 de esta circular dice textualmente: "La Comisión Nacional de Precios de Medicamentos autoriza y aprueba la distribución de un catálogo de precios de acuerdo con lo establecido en la Ley 100 de 1993".
  8. La Circular única de 2003 en su Punto 6.2 dice: ”La Comisión Nacional de Precios de Medicamentos ratifica la obligación por parte de los laboratorios farmacéuticos de publicar los precios sugeridos al público de los medicamentos y  autoriza a la secretaria técnica de la comisión a llevar a cabo los convenios necesarios para la publicación de un boletín dirigido al consumidor, que contenga el listado de precios sugeridos al publico y que compendie la información recibida por parte de los laboratorios farmacéuticos.”
  9. El documento de la nueva POLITICA FARMACEUTICA NACIONAL en su 2da. Propuesta sobre el tema de PRECIOS de Medicamentos propone:
    "Reimplantar un mecanismo de información de precios y la marcación de precios en el producto, como instrumentos de protección al consumidor que promueva la competencia y ofrezca bases objetivas a la libre escogencia" y fija las Metas de "Contar con un catálogo de información de precios de todas las alternativas comerciales por denominación común internacional para marzo del 2004" y "A diciembre del 2003 el 100% de los productos contar á con marcación de precio y con un mecanismo de verificación acordado con la Superintendencia de Industria y Comercio".
  10. Finalmente, la nueva POLITICA FARMACEUTICA NACIONAL como 1ra. Propuesta sobre PROMOCION DE LA COMPETENCIA DE MEDICAMENTOS plantea:
    "Promover la prescripción en Denominación Común Internacional, complementado con estrategias educativas a prescriptores y usuarios" y fija la Meta de "Realizar una campaña educativa anual desde 2004. En 2006, realizar una evaluación de impacto en el consumo".

Nuevo Catálogo Farmacéutico Nacional
Tarifas vigentes desde el 30 de agosto de 2008

OPCIONES DISPONIBLES: VERSION IMPRESA Valor del Ejemplar
1. Catálogo Farmacéutico Nacional IMPRESO: Precios PDE y PPE del último trimestre $cols.140.000
OPCIONES DISPONIBLES: VERSION INTERNET Suscripción ANUAL
1. Suscripción BASICA-INTERNET Con información de Principios Activos. SIN PRECIOS. $cols.350.000
2. Suscripción DORADA-INTERNET Con ULTIMOS Precios Promedio Distribuidor y Sugerido al Público. $cols.550.000
3. Suscripción PLATINO-INTERNET Con todos los Precios PPD y PSP reportados a la CNPM (2000- 2005). $cols.750.000
Consigne la suma de su suscripción a nombre de Med-Informática Editores Ltda. NIT 900.016.781-9
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